Cádiz Jerez de la Frontera

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Cádiz-Jerez de la Frontera

Descripción

WECITY cumple con lo establecido en el Reglamento (UE) 2020/1503 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 7 de octubre de 2020, relativo a los proveedores europeos de servicios de financiación participativa para empresas y en el Título V de la Ley 5/2015 de fomento de la financiación empresarial modificado por la Ley 18/2022, de 28 de septiembre, de creación y crecimiento de empresas. Está autorizada por la CNMV como Proveedor de Servicios de Financiación Participativa, inscrito en el registro con el número 9, con propuesta favorable del Banco de España.

Inversor, antes de realizar tu inversión lee la información básica para el cliente inversor, así como el periodo de reflexión precontractual para inversores no experimentados.

Skin in the game«En atención al cumplimiento del artículo 8.2 del Reglamento (UE) 2020/1503 del Parlamento Europeo y del Consejo de 7 de octubre de 2020 relativo a los proveedores europeos de financiación participativa se informa que en esta oportunidad podrán invertir socios, directivos y empleados de wecity. Estas inversiones se harán con arreglo a las mismas condiciones que las del resto de inversores sin recibir trato preferente ni acceso privilegiado a información»

La inversión

  • Objeto del préstamo: Financiar costes de construcción y técnicos.
  • Tipología: Préstamo a tipo fijo.
  • Garantía: Garantía hipotecaria de 1er grado.
  • Plazo: 12 meses (+6 meses posible prórroga).
  • Tipo de interés: 11,50% anual.
  • Pago de intereses: a vencimiento.
  • Tasación actual (ECO): 507.099,51 € | LTV actual: 118,32%
  • Valoración ECO (HET):  2.190.295,15 € | LTV HET: 63,92%
  • Primera disposición: 280.837,33 € | LTV 1ª disp: 55,38%
  • Rating: AA
  • Aportaciones:
    • Cooperativistas: 591.000 € (29,55%)
    • Préstamo wecity fase I: 600.000 €
  • Inversión mínima: 500 €

La cooperativa ARCÁNGEL SAN MIGUEL S. COOP, gestionada por Villalar Gestora, solicita a través de wecity  los fondos para financiar los costes técnicos y de construcción de la promoción de un edificio de 14 viviendas localizadas en la calle Azufre, Jerez de la Frontera.

El solar tiene una superficie de 964 m2 sobre la que se desarrollará el proyecto que contará con 738 m2 construidos sobre rasante y 660 m2  bajo rasante. La promoción está compuesta de 13 viviendas de 1 dormitorio de 45-50 m2  construidos y 1 vivienda de 3 dormitorios con 90 m2 construidos, todas ellas con terraza. Además, el proyecto cuenta con 23 plazas de aparcamiento, 23 trasteros y zonas ajardinadas con piscina.  

La licencia de obra ya ha sido concedida y las obras se iniciaron en diciembre de 2024, encontrándose a 4,28% de grado de avance. Actualmente están en fase de movimiento de tierras y cimentación. A nivel comercial, se han adjudicado el 100% de las viviendas (14 de 14 uds.) y cada cooperativista ha realizado entregas a cuenta por un importe superior a 42.000 €/vivienda.

El proyecto se financiará a través de un préstamo hipotecario por importe de 1.400.000 € a tipo fijo, que contará con garantía hipotecaria de 1er grado, activándose una primera fase del mismo por importe de 600.000 € (posibilidad de fase acional de 800.000€).

La cooperativa ha aportado fondos propios por importe de 591.000  €, que han ido destinados a la adquisición del activo, pago de costes técnicos y obra.

La salida de los inversores de wecity se produce con la entrega de las viviendas a los cooperativistas, una vez se obtenga Licencia de Primera de Ocupación.

A través de wecity puedes participar en una operación de préstamo a tipo fijo con un interés anual del 11,50% en un plazo estimado de 12 meses (6 de obligado cumplimiento) con una posibilidad de prórroga de 6 meses adicionales.

El pago de intereses + la devolución del capital invertido se realizará a vencimiento.

El proyecto

Localización y entorno

Jerez de la Frontera, en la provincia de Cádiz, es un destino estratégico para la inversión inmobiliaria gracias a su ubicación privilegiada, conectividad y rica oferta cultural. La ciudad combina precios competitivos con un mercado en crecimiento, ofreciendo oportunidades en vivienda residencial, segunda residencia y locales comerciales. Su fama como cuna del vino de Jerez y su creciente turismo impulsan la demanda de alojamientos turísticos. Además, su cercanía a la Costa de la Luz y proyectos de regeneración urbana refuerzan su atractivo como enclave ideal para la inversión.

En las proximidades de la Calle Azufre 15, se encuentran servicios que incrementan el interés de la zona. El CEIP El Membrillar, el Hospital Universitario de Jerez garantiza acceso a servicios médicos de calidad. El centro histórico, a solo 3 kilómetros, ofrece actividades culturales y de ocio. Paradas de autobús cercanas, facilitan la movilidad, haciendo de este entorno un área con gran potencial inmobiliario.

Garantía hipotecaria y tasación

El préstamo tendrá como garantía una hipoteca de 1er grado sobre el activo localizado en calle Azufre, 15, Jerez de la Frontera, Cádiz.

Según el informe de tasación realizado por GESVALT, la tasación actual asciende a 507.099,51 €. El préstamo a realizar a la promotora es de 591.000 €, lo que supone un Loan to Value (LTV) sobre tasación actual del 118,32%.

El valor HET del activo es de 2.190.295,15 €, y el total de las 2 fases del préstamo alcanza 1.400.000 € , lo que supone un LTV HET es de 63,92%.

Por último, la primera disposición del préstamo es de 280.837,33 €, lo que supone un LTV de 1ª disposición de 55,38%.

Agente de garantías

La constitución, conservación, gestión, administración y en su caso, ejecución, del derecho real de prenda en nombre de los inversores de wecity estarán a cargo de una entidad externa a wecity.

En este caso, el Agente de Garantías designado será el que aparece indicado en la Ficha de Datos Fundamentales de la inversión.

Rating

wecity, como proveedores de servicios de financiación participativa y en atención al cumplimiento del Reglamento Delegado (UE) 2024/358 por el que se completa el Reglamento (UE) 2020/1503 del Parlamento Europeo y del Consejo, ofrece una descripción del método de calificación crediticia
 de los proyectos utilizado para calcular las calificaciones. Si el cálculo se basa en cuentas que no han sido auditadas, se hará constar claramente en la descripción del método.

Monitoring

El promotor deberá justificar el destino de los fondos en cada una de las diposiciones que solicite.  El uso de los fondos por parte del promotor estarán monitorizados por una empresa externa a wecity. 

Cumplimiento del Reglamento (UE) 2020/1503 🇪🇺

Aviso de riesgo

Invertir en este proyecto de financiación participativa entraña riesgos, incluido el de pérdida parcial o total del dinero invertido. Su inversión no está cubierta por los sistemas de garantía de depósitos establecidos de conformidad con la Directiva 2014/49/UE del Parlamento Europeo y del Consejo (*). Su inversión no está cubierta por los sistemas de indemnización de los inversores establecidos de conformidad con la Directiva 97/9/CE del Parlamento Europeo y del Consejo (**). Es posible que no obtenga rendimiento alguno de su inversión. No se trata de un producto de ahorro y se recomienda no invertir más del 10 % de su patrimonio neto en proyectos de financiación participativa. Es posible que no pueda ceder los instrumentos de inversión cuando lo desee. Aun cuando pueda cederlos, podría sufrir pérdidas.  

Periodo de reflexión precontractual para inversores no experimentados

Los inversores no experimentados disponen de un periodo de reflexión de cuatro (4) días durante el cual pueden, en cualquier momento, revocar o desistir, en todo momento, de su oferta de inversión o de expresión de interés en la oferta de financiación participativa sin necesidad de justificar su decisión y sin incurrir en una sanción. El periodo de reflexión empieza en el momento en el que el inversor no experimentado potencial realiza una oferta de inversión o expresa su interés y expira transcurridos cuatro días naturales desde esa fecha. Para ejercer sus derechos de revocación, los Inversores podrán dirigir un correo electrónico a la siguiente dirección: reclamaciones@wecity.io, rellenando el campo “asunto” de dicho correo electrónico de la siguiente forma: “REVOCACIÓN – Nombre de la Oportunidad – Nombre y apellidos del Inversor”. En el caso de haber efectuado alguna aportación dineraria vinculada a la oferta de financiación, dicho importe le será restituido a la mayor brevedad posible al wallet que, como inversor/usuario de la Plataforma “WECITY” tenga abierto en la Entidad de Pagos “LEMONWAY”.

Riesgo de crédito 

El riesgo de crédito se define como la pérdida que puede producirse ante el incumplimiento de los pagos por parte de la contrapartida en una operación financiera. En este caso concreto, el riesgo de que el Promotor no abone el principal y/o intereses del Préstamo. 

Riesgo del sector Riesgos inherentes al sector específico

Dichos riesgos pueden ser causados, por ejemplo, por un cambio en las circunstancias macroeconómicas, una reducción de la demanda en el sector en el que opera el proyecto de financiación participativa y las dependencias en otros sectores. En todo caso el inversor debe tener presente que las condiciones económicas adversas o cambios coyunturales pueden conducir al debilitamiento de la capacidad del Promotor para cumplir con sus compromisos financieros en relación con el préstamo. 

Riesgo de incumplimiento 

El riesgo de que el promotor del proyecto pueda ser sometido a concurso de acreedores y otros sucesos que afecten al proyecto o al promotor del proyecto que resulten en la pérdida de la inversión para los inversores. Dichos riesgos pueden estar causados por una variedad de factores, incluyendo, sin limitación: cambio (grave) en las circunstancias macroeconómicas, mala gestión, falta de experiencia, fraude, que la financiación no encaje con el objeto social, fracaso en el lanzamiento del producto o falta de liquidez. En el caso de concurso del Promotor, los titulares de las créditos tendrán la consideración de créditos con privilegio especial, al estar garantizados mediante una garantía hipotecaria, conforme con la catalogación y orden de prelación de créditos establecida por el Real Decreto Legislativo 1/2020, de 5 de mayo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Concursal (en adelante, la “Ley Concursal”), salvo aquellos importe que aplicación del artículo 272 de la Ley Concursal deban ser clasificados, bien como crédito ordinario, bien como crédito subordinado, según corresponda. 

Riesgo de rendimiento inferior o retrasado 

El riesgo de que el rendimiento sea inferior al esperado o que el proyecto incumpla el pago de capital o de intereses. 

Riesgo de iliquidez de la inversión 

El riesgo de que los inversores no puedan vender su inversión. No existe un mercado de negociación activo para el préstamo, por lo que es posible que el inversor no pueda encontrar a un tercero a quien ceder el préstamo. 

Otros riesgos 

Riesgos que están, entre otros, fuera del control del promotor del proyecto, como riesgos políticos o regulatorios.   

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